Según la administración de Envigado la tasa para este impuesto podrá incrementarse entre el 5% y el 16% del valor facturado por el mismo concepto en el año anterior, de acuerdo con la Ley 1450 de 2011 y el Acuerdo Municipal 052 de 2013, con excepción de los predios que se incorporen por primera vez al catastro o terrenos urbanizables no urbanizados o urbanizados no edificados. Tampoco se aplicará para los predios que figuraban como lotes no construidos y cuyo nuevo avalúo se origina por la construcción o edificación en él realizada.
De acuerdo con la Ley 1450: “el avalúo catastral de los bienes inmuebles fijado para los procesos de formación y actualización catastral no podrá ser inferior al sesenta por ciento (60%) de su valor comercial”.
De esta manera Envigado se acoge a las disposiciones en esta materia contenidas además en la Resolución 070 de 2011. Además da cumplimiento a las normas del nivel departamental a las que es su obligación acogerse, como son: la Resolución 1700 de 2012 y el Decreto 016 de 2011 que hacen parte del Estatuto Catastral de Antioquia.
Asegura esa administración que contrario a las versiones de personas desconocedoras del tema o motivadas por intereses particulares, es categóricamente falso que en Envigado se apliquen criterios de cobro diferentes a los establecidos por la ley para el Impuesto Predial.
La Alcaldía y la Secretaría de Hacienda de Envigado informaron a la comunidad que ya comenzó el proceso de facturación y recaudo del Impuesto Predial en el Municipio.
En este momento se lleva a cabo el proceso de repartición de facturas, cuya fecha límite de pago sin recargo se cumple el próximo 31 de marzo y con recargo el 30 de abril.
La alcaldía invitó a la comunidad para que realice las reclamaciones o formule sus inquietudes directamente a la Alcaldía en los siguientes puntos de información:
Inconsistencia de datos en áreas de terreno y/o construcción, avalúos y usos del suelo con Catastro Municipal. Carrera 43A número 38 Sur 30 (Teatro Municipal) PBX: 3394000. Exts: 4249, 4454, 4410.
Reclamación de la facturación con Secretaría de Hacienda. Carrera 43 Número 38 sur 35, piso 3. PBX: 3394000. Exts: 4550, 4442, 4385, 4640, 4239.
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