La Secretaría de Salud Pública de Cali redobló la inspección, vigilancia y control permanente sobre todo establecimiento que preste servicios de piscinas para verificar la calidad del agua y el cumplimiento de la norma que aplica para esta actividad y poder garantizarles seguridad a los usuarios de este servicio.
Además de la toma de muestras, los funcionarios verifican que las instalaciones de las piscinas y zonas aledañas estén correctamente diseñadas, que exista una correcta señalización donde los usuarios puedan identificar la profundidad (niños y adultos) y que el administrador del establecimiento se encuentre capacitado para el mantenimiento y manejo de la piscina.
Para evitar accidentes y proteger la vida de los bañistas, las piscinas y estructuras similares deben cumplir con los siguientes criterios: seguridad microbiológica, productos químicos, servicios de salvavidas y de primeros auxilios (Decreto 2171 de 2009, Resolución 1510 de 2011 y Resolución 4113 de 2012).
• Cerramiento al estanque o en él, o estructura similar de piscina.
• Cubierta antiatrapamiento o rejilla a la salida de succión.
• Sistema de Seguridad de Liberación de Vacío (SSLV).
• Botón de parada de emergencia o dispositivo de accionamiento manual.
• Alarma de agua o detector de inmersión.
No hay comentarios:
Publicar un comentario