-Quienes no acaten la medida tendrán una sanción de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes.
-La medida rige de lunes a viernes para vehículos particulares y motos de dos tiempos, en horario de 7:00 a.m. a 8:30 a.m. y de 5:30 p.m. a 7:00 p.m. Para taxis, el horario es de 6:00 a.m. a 8:00 p.m. con rotación cada dos semanas.
La Secretaría de Movilidad informó a la ciudadanía que desde el próximo lunes 9 de febrero comienza el periodo sancionatorio para quienes no cumplan con la medida de Pico y Placa, de acuerdo con la nueva rotación para vehículos particulares, motos de dos tiempos y taxis en Medellín y según se estipula en el Decreto 53 de 2015.
De acuerdo con lo establecido, la medida rige en horario de 7:00 a.m. a 8:30 a.m. y de 5:30 p.m. a 7:00 p.m. de lunes a viernes para vehículos particulares y motos. Para los vehículos de servicio público tipo taxi, el horario es de 6:00 a.m. a 8:00 p.m., con rotación cada dos semanas.
Para los conductores que no acaten la medida, la sanción económica que deberán asumir será de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes que equivalen a $322.170. Además, se podrá inmovilizar el vehículo.
Rotación de Pico y Placa
Para vehículos particulares y motos de dos tiempos:
Para taxis:
Consulte toda la información sobre la medida en la página web
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